SERVICIOS CORPORY
NUEVO SERVICIO DE CONSULTORÍA DE RECURSOS HUMANOS
MAYO RE CORPORY lanza esta nueva área al considerar que la Consultoría de RR.HH . es un elemento clave para el desarrollo de las empresas , ya que de la correcta captación y gestión de los recursos humanos puede depender el correcto aprovechamiento de los demás recursos que posee (financieros, tecnológicos, etc.), la consecución de los objetivos previstos y por tanto del éxito de la gestión empresarial.
Los Servicios de RR. HH. ofrecidos por MAYO RE CORPORY van enfocados en 2 grandes líneas: SELECCIÓN y FORMACIÓN de personal para compañías y corredurías, principalmente comerciales, HABILIDADES DIRECTIVAS Y DE MANAGEMENTE y COACHING para Directivos y Altos Cargos.
Con esta línea de consultoría, Mayo-Re completa los servicios a la carta para mediadores que hasta ahora comprendían Consultoría Estratégica y de Organización. Para más información acerca del nuevo Servicio Corpory de consultoría de RRHH haga click aquí
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OFERTA DE SERVICIOS BÁSICOS CORPORY
Servicios dirigidos al sector de la Mediación, ofrece un paquete de 4 servicios esenciales para corredores DESDE 25€ AL MES, TODO INCLUIDO
- Asesoramiento Jurídico telefónico en Materia de Seguros (Ley de Mediación, LCS, y LOSSP).
- Defensor del Cliente (Orden ECO/734/2004)
- Asesoramiento Técnico Telefónico en Materia de Protección de Datos (LOPD y LISSICE)
- Orientación Técnica en Colocación de Riesgos
Para contratar o solicitar más información haga click aquí
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SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ADAPTACIÓN A LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS Y AL NUEVO REGLAMENTO
Un servicio de consultoría especializada en materia de Protección de Datos que cuenta con un equipo de expertos con una amplia experiencia.
Utilizando una metodología personalizada, adaptada a las necesidades del cliente, se elabora una redacción de la documentación necesaria para realizar la inscripción de los ficheros de carácter personal en la Agencia de Protección de Datos. Además se incluye elaboración amplia y personalizada del Documento de Seguridad, en el que se reflejan las medidas técnicas y organizativas que se han tomado para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal. Este documento es regido por el Reglamento vigente que desarrolla la Ley Orgánica 15/1999.El Servicio de Consutoría para la Adaptación a la Ley de Protección de Datos y al Nuevo Reglamento tiene como objetivo asesorarle acerca de todas las medidas de índole organizativa que debe adoptar para garantizar la seguridad que deben reunir los documentos que traten datos de carácter personal. Proporcionamos las claúsulas y textos legales para ofertas, contratos, emails y para cualquier texto empleado para la recogida de datos.
Además le ofrecemos un servicio de actualización y manteniniento en caso de que se realizara algún tipo de modificación en los sistemas de información o en la organización de los mismos ya que estos cambios han de ser reflejados en todos los procedimientos y dosumentos establecidos para el cumplimiento de la LOPD. Para más información haga click aquí
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ESPECIAL SERVICIOS BÁSICOS: DEFENSOR DEL CLIENTE + ASESORÍA JURÍDICA EN MATERIA DE SEGUROS 20 EUROS AL MES.
Mayo-re Corpory amplia el plazo de contratación de la oferta especial de servicios Básicos que incluye DEFENSOR DEL CLIENTE Y ASESORÍA JURÍDICA EN MATERIA DE SEGUROS por sólo 20 € al mes.
Defensor del Cliente:
Prestación del servicio de Defensor del Cliente conforme a lo previsto en la Ley 26/2006, servicio que se ajusta a los principios de independencia que establece la Ley y disponiendo a tal efecto de un profesional que reúna los requisitos previstos en la misma.
Asesoría Jurídica en Materia de Seguros:
Asesoramiento telefónico en cuestiones relativas a la adaptación a lo previsto en la Ley 26/2006 de Mediación de seguros, así como en lo que hace referencia a la Ley de Contrato de Seguro y la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. ç
Pinche aquí para más información sobre la oferta y contratacion de la misma
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CONSIGA SU PROPIO BOLETÍN TECNOLÓGICO CORPORATIVO DESDE 100 €
A día de hoy, el hecho de tener un boletín tecnológico corporativo supone para una empresa un medio tan eficaz y rápido que se ha convertido en un fenómeno comunicativo indispensable entre la empresa y sus clientes.
Un boletín corporativo puede ampliarse con contenidos de interés que en medios tradicionales no aparecen, esto permite que el cliente tenga una idea clara de las posibilidades que su empresa le ofrece y sacar el máximo partido a sus servicios.
Además al ser un medio interactivo, los clientes opinen los clientes pueden opinar acerca de los servicios que le le ofertan o de cualquier otra cuestión gracias a la presencia de formularios. Este punto es de gran importancia para el empresario, que conoce el punto de vista de su cliente sin tener la necesidad de vivir pendiente de las críticas que se hagan en medios externos y valorar la opinión que el consumidor tiene sobre sus productos.
Gracias a la rápidez y eficacia de un medio como internet, la relación entre el cliente y la empresa se estrecha dada la facilidad que existe para contactar entre ellos, esto provoca una mayor confianza y solidez y en consecuencia un servicio mejor y grandes beneficios para ambos.
CONSIGA SU BOLETÍN CORPORATIVO A TRAVÉS DE MAYO-RE CORPORY POR DESDE SÓLO 100€
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HÁGASE COLABORADOR CORPORY
Revierta nuestros servicios a sus clientes y ambos saldrán ganando.
Ventajas:
El Cliente - incremento de su éxito mediante la contratación de un perito, un procurador, etc.
El Mediador - reversión de cada servicio que el cliente paga. 10% de comisión por cada servicio abonado por su cliente o 5% de descuento en contratación directa.
Nota: La reversión de nuestros servicios en forma de honorarios Corpory no sustituye la comisión ni los honorarios profesionales cobrados por el sevicio de mediación. Si usted no cobra estos honorarios, esta perdiendo dinero.
Haga click aquí para hacerse Colaborador Corpory
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NOTICIAS GENERALES:
Grupo Mediación Asesoría y Organización (GRUPO MAYO) cierra provisionalmente con un crecimiento del 10,4% e incorpora como Director Comercial a Jaime Moreno.
Grupo Mayo presenta un cierre provisional de crecimiento del 10,4% y se reafirma como una de los grupos más consolidados con presencia a nivel nacional.
Junto con Norbrok21, Grupo Mayo pertenece al proyecto de UNICA! cuya intermediación supera los 45M€ y más de 30 oficinas en España, del que Jaime Carvajal es presidente
La correduría realizará el próximo 27 de enero en el Palazzo Reale una Jornada de Puertas Abiertas para la mediación en la que analizará datos del sector así como sus nuevas formas de colaboración con corredores en adición a las fórmulas de integración tradicionales.
WWW.GRUPOMAYO.COM
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Concentración de Corredores en tiempos de crisis
La revista Aseguranza abre 2009 con un reportaje sobre la concentración de Corredores, un proceso que podría ralentizarse este año por las dificultades para obtener financiación. El dossier se divide en tres partes:
- Agrupaciones de Corredores. Donde se analizan temas como la oferta en este sentido de la mediación; los problemas que surgen en las integraciones; la posibilidad de abandonar la asociación si surgen problemas, etc. Incluye las opiniones de responsables de las agrupaciones de Corredores C.S.A., Grupo Nisteo, E2000, Espanor, Unica! y Cojebro.
- El fenómeno de las franquicias. En esta parte se detallan las opiniones de esta nueva forma de integración de Corredores que ha irrumpido con fuerza en el mercado en los últimos dos años. Incluye informaciones de Telepóliza, Pactrebol y CrediSeguros.
- Compradores de carteras. En la última parte del reportaje hablan las empresas que en los últimos años se han distinguido más por comprar carteras de Corredores y valoran cuál será la intensidad de este proceso en 2009. Opiniones de Grupo Galilea, Grupo Summa y Conc3ntra.
FUENTE: Aseguranza
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Noticias Legislativas. Oportunidades para el Sector.
El BOE publicó el RD 2090/2008 que aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental , que entra en vigor el 23 de abril. La norma aclara cómo calcular la garantía financiera obligatoria que cubre la responsabilidad medioambiental, cuyo análisis de riesgo debe ratificarse por un organismo acreditado. Además, fija las funciones del Fondo de Compensación de Daños Medioambientales del Consorcio de Compensación de Seguros y el recargo sobre primas que establece la DGSFP .
REAL DECRETO 2090 /2008, DE 22 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO PARCIAL DE LA LEY 26/2007, DE 23 DE OCTUBRE, DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL.
REGLAMENTO DE DESARROLLO PARCIAL DE LA LEY 26/2007, DE 23 DE OCTUBRE, DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL
http://www.boe.es/boe/dias/2008/12/23/pdfs/A51626-51646.pdf
Junta Extraordinaria para decidir el futuro de CISNE ASEGURADORA
En la mañana de ayer, a instancias de su principal accionista, DIVINA PASTORA, se celebró una Junta Extraordinaria de CISNE ASEGURADORA para decidir el futuro de la entidad sin que hasta el momento hayan trascendido los acuerdos adoptados.
Según ha podido saber esta Redacción, los problemas por impago de CISNE se continúan multiplicando y entre sus acreedores se encuentran importantes reaseguradoras, empresas de Mediación y sociedades de servicios, que han visto denegadas sus peticiones de cobro.
A pesar del control que ejerce la DGSFP sobre la entidad, no es de descartar que su actual propietario, DIVINA PASTORA, inste concurso de acreedores a fin de eludir los compromisos de pago (y el tutelaje del órgano de control) que la aseguradora tiene contraídos.
Fuente: BDS
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Operaciones Vinculadas. Hacienda aprueba el anunciado Reglamento sobre obligaciones de documentación del Impuesto de Sociedades.
Ha tardado casi dos años, pero Hacienda ha aprobado el Reglamento de modificación del Impuesto sobre Sociedades. Además de obligar a las entidades vinculadas a valorar a mercado sus transacciones, se establecen ahora nuevas y exigentes obligaciones formal
Recientemente se ha aprobado el Real Decreto 1793/2008, de 3 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (BOE de 18 de noviembre).
Esta norma incide directamente en la regulación de las operaciones realizadas entre partes vinculadas, complementando las novedades introducidas en su día en el Impuesto sobre Sociedades por la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal.
¿Cual es el fin de la reforma normativa?
El propósito de la reforma es "adaptar la legislación española en materia de precios de transferencia [...] a las directrices de la OCDE sobre la materia y al Foro Europeo sobre precios de transferencia".
¿A quién afecta este cambio normativo?
A las operaciones efectuadas entre partes vinculadas económica o jurídicamente, así como a las sociedades y/o entidades pertenecientes a un grupo (concepto de grupo del Código de Comercio).
Es decir, la nueva norma es aplicable a las transacciones efectuadas entre sociedades y/o entidades vinculadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades:
a) una entidad y sus socios partícipes,
b) una entidad y sus consejeros o administradores,
c) una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de los socios o partícipes, consejeros o administradores,
d) dos entidades que pertenezcan a un grupo,
e) una entidad y otra entidad participada por la primera indirectamente en, al menos, el 25 % del capital social o de los fondos propios.
¿Qué obligaciones comporta?
Las partes vinculadas y las sociedades pertenecientes a un grupo que realicen operaciones entre sí tienen la obligación de valorarlas "por su valor normal de mercado", entendido como aquél que se habría acordado entre personas o entidades independientes en condiciones de libre competencia.
Esta obligación se debe cumplir en todo caso, con independencia de que la falta de valoración a mercado no produzca una menor tributación o un diferimiento de tributación en España. Es decir, incluso en grupos que consoliden fiscalmente y en los que las operaciones intragrupo se eliminan, subsiste la obligación de valorar a mercado dichas operaciones.
¿Cómo valorar las operaciones por su "valor normal de mercado"?
La Ley del Impuesto sobre Sociedades, siguiendo la metodología de la OCDE , establece una serie de criterios para valorar a mercado las operaciones efectuadas entre partes vinculadas. Como métodos principales, el Precio Libre Comparable (CUP), el Coste Incrementado (Cost Plus) y el Precio de Reventa (Resale Price Method). Como métodos subsidiarios, en caso de imposibilidad de aplicación de los anteriores, el de Distribución del Resultado y el de Margen Neto Conjunto.
¿Existen obligaciones formales nuevas?
Sí, este es el núcleo de la reforma. Así, los obligados tributarios que realicen operaciones vinculadas deben elaborar y mantener una documentación en la que describan y justifiquen que han valorado las transacciones efectuadas entre ellas por su valor normal de mercado.
La norma describe exhaustivamente dos conjuntos de documentación que deberán prepararse:
a) la documentación relativa al grupo al que pertenezca el obligado tributario.
b) la documentación del propio obligado tributario.
Para grupos que consoliden fiscalmente se establecen obligaciones formales relativas a operaciones intragrupo, aunque la documentación a llevar es más reducida.
¿Existe algún plazo?
El Real Decreto 1793/2008 entró en vigor el día 19 de noviembre y establece que esta documentación resultará exigible a partir de los 3 meses siguientes a su entrada en vigor.
¿Es sancionable la falta de llevanza de documentación?
Sí. Esta obligación formal de documentar el valor de las operaciones vinculadas es inexcusable.
La Administración Tributaria está facultada para comprobar y, en su caso, regularizar las valoraciones convenidas por las partes vinculadas, así como para examinar el correcto cumplimiento de las obligaciones de documentación.
La norma prevé la imposición de sanciones en los siguientes supuestos:
a) Ausencia de valoración a mercado.
b) Falta de aportación de documentación, o aportación de documentación inexacta, falsa o incompleta.
Las sanciones son elevadas, incluso en aquellos supuestos en que sí se han valorado a mercado las transacciones vinculadas, pero no se han cumplido las obligaciones de documentación. En estos casos, la sanción consistirá en una multa pecuniaria fija de 1.500 euros por cada dato y de 15.000 euros por conjunto de datos, omitido, inexacto o falso.
¿Cómo cumplir con esta nueva normativa?
Entendemos que la nueva normativa presenta sustanciales novedades y puede plantear numerosos interrogantes a la hora de aplicar los precios de transferencia a las operaciones vinculadas, así como de mantener una adecuada documentación de estas operaciones, que hace aconsejable la consulta de expertos.
Dutilh Abogados destaca por ser un despacho especializado en derecho empresarial, que centra su actividad en la asesoría de empresas en el ámbito del derecho público y privado y ofrece servicios de asesoramiento mercantil, laboral y fiscal a empresas en su actividad ordinaria y en el diseño y la ejecución de estructuras y operaciones societarias (fusiones y adquisiciones, protocolos familiares, enajenaciones de empresas, procesos de escisión, captación de fondos financieros y participación de entidades de capital riesgo).
Con más de quince años de experiencia en fusiones y adquisiciones, esta firma apuesta por un asesoramiento jurídico de calidad a sus clientes. Su avalada experiencia ha hecho que Dutilh Abogados forme parte, por cuarto año consecutivo, de la exclusiva guía de profesionales recomendados por Chambers & Partners destacando en el área de Private Equity y ocupando el Primer Puesto en la categoría de "Leading Private Equity Lawyers of the World".
Fuente: Economía de Hoy
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Las cesiones al Reaseguro crecen un 4,7% hasta septiembre de 2008
Con datos hasta el 30 de septiembre de 2008, las entidades aseguradoras españolas cedieron al Reaseguro un volumen de primas de 4.080 millones de euros, según las estadísticas de que dispone ICEA y que la asociación avanzó ayer. Esta cifra supone un incremento aproximado del 4,7% respecto al volumen de primas cedidas en los nueve primeros meses del ejercicio 2007.
Penetración y densidad de los seguros en 2007:
Por otra parte, ICEA presenta datos de 2007 sobre la penetración y densidad de los seguros en España. Recuerda que la penetración de los seguros (relación del volumen sobre el Producto Interior Bruto) se situó ese año en el 5,2%. Por Comunidades Autónomas, Madrid, Galicia, Cataluña y Navarra presentan un dato de penetración que supera la media nacional.
Por lo que respecta a la densidad, es decir el gasto en primas por cada habitante, la media nacional se situó en 2007 en 1.215 euros. En este caso, son tres las CC.AA. que han registrado un gasto en seguros por encima de la media: Madrid (69% superior), Navarra (28%) y Cataluña (22%).
Fuente: BDS
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